Vocales conservadores piden un pleno del CGPJ para evitar la reforma del Gobierno

MADRID, 09 (SERVIMEDIA)

Los ocho vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que están bloqueando el nombramiento de los dos magistrados que le corresponde designar para el Tribunal Constitucional (TC), a los que se ha unido Wenceslao Olea, han dirigido un escrito al presidente suplente del órgano de gobierno de los jueces, Rafael Mozo, para pedirle la convocatoria urgente de un pleno extraordinario para estudiar los nombramientos de los dos magistrados.

Según la Ley Orgánica del Poder Judicial, Mozo tendrá que convocar el pleno en próximas fechas. Este grupo de bloqueo, que lleva retrasando los nombramientos desde el pasado mes de septiembre, quiere ahora darse prisa para poder evitar verse sometidos a la nueva fórmula de elección que aprobará el Congreso, que reduciría a una mayoría simple la cuota de tres quintos que se necesita ahora para realizar estos nombramiento y, además, pondrá fin a los vetos de nombres propuestos.

Desde el pasado 13 de septiembre en que debieron producirse las renovaciones, esta minoría de bloqueo ha impedido el acuerdo. De celebrarse el citado pleno podría suceder que no se eligiera a los candidatos que corresponden al CGPJ, puesto que aún estaría en vigor la normativa actual, por lo que los candidatos tendrían que contar con al menos 11 votos y, por tanto, tendría que haber acuerdo entre conservadores y progresistas.

Todas las reuniones entre ambos sectores han fracasado hasta el momento, y pese a que los progresistas ya habían puesto sobre la mesa a su candidato, el magistrado del Supremo, José Manuel Bandrés, el sector conservador ya había anunciado que lo vetaría por considerarlo cercano al Gobierno.

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El CGPJ tiene convocado un pleno ordinario para el próximo día 22 de diciembre, en el que se iba a debatir de nuevo sobre la renovación del TC, pero ninguna de las partes veía la cita con optimismo.

Ahora, los cambios legislativos que planea el Ejecutivo establecen que los vocales no puedan pronunciarse sobre la idoneidad de los candidatos, que supone perder el poder de veto, y rebaja la mayoría cualificada a mayoría simple para proceder a su designación.